(Radio Tacna 04 Jul. 2012) La noticia corrió ayer como un reguero de pólvora. El alcalde distrital de Gregorio Albarracín Lanchipa, abogado Santiago Curi Velásquez, fue vacado del cargo por el Jurado Nacional de Elecciones mediante la resolución Nº 0556-2012. El fundamento principal es el presunto cobro ilegal de S/. 25,440 soles por diferentes aguinaldos en el marco de un pacto colectivo de junio del año pasado para mejorar los sueldos de los trabajadores del sindicato de dicha municipalidad distrital.
Eso, en líneas generales. El tema radica en que el jurado ya había tratado estos mismos temas en denuncias contra otros alcaldes y había considerado que esos hechos no eran causales de vacancia. Pero ahora cambia de posición y crea un precedente que podría motivar más vacancias no solo a nivel nacional sino también en nuestro propio medio. El propio Santiago Curi ha referido que en municipalidades como Pocollay, Alto de la Alianza y Ciudad Nueva, los alcaldes han cobrado por los mismos conceptos por los que él ha sido vacado.
Los magistrados del Jurado Nacional de Elecciones han opinado que los cobros realizados por Curi Velásquez van en contra de la ley orgánica de municipalidades. Curi tiene tres días para presentar una apelación, pero, de acuerdo a lo que indican las propias normas, las resoluciones del jurado tienen el carácter de inapelables. Hay opiniones también en el sentido que ha habido un exceso de confianza por parte del alcalde de Gregorio Albarracín, en donde, siendo abogado, no tomó las precauciones del caso, sabiendo que un regidor seguía trabajando en su vacancia, al haberse desestimado las denuncias a nivel local.
Curi es el claro ejemplo de cómo, por la falta de asesorías adecuadas (o de un exceso de confianza), una autoridad puede ser retirada de su cargo. El cobro de aguinaldos no es, por sí, un hecho delictivo porque todos sabían de él. El punto está en cómo este tipo de acciones puedan ser defendidas dentro del marco de las leyes vigentes. Mientras los alcaldes pueden cobrar por estos conceptos, la ley orgánica de municipalidades, según el jurado nacional de elecciones, lo prohíbe. Sin embargo, el mismo jurado había señalado en casos similares que estos rubros no eran causales de vacancia.
Respecto a los precedentes, se tornan peligrosos para muchos alcaldes en el país. No sabemos si en la apelación de Santiago Curi se incluya el hecho que no estaban todos los magistrados del jurado para la votación (pero sí hacían quorum), o si los precedentes en casos similares puedan hacer revertir dicha decisión. el asunto es que ha sido vacado y las autoridades en general deben de tomar este situación muy en cuenta porque ya el jurado nacional de elecciones, con la vacancia de Curi, ha sentado un antecedente del que no puede dar marcha atrás.
Esta vacancia ha opacado, al menos en Tacna, los disturbios causados por los maestros y los muertos y heridos en Cajamarca, situación que estaría acelerando la salida del gabinete para este 28 de julio. Eso, claro está, si es que la voluntad política del presidente de la república, así lo determina.
POR:RICARDO OVIEDO ZAVALA